- Los
enjuagues bucodentales solo deben usarse si los prescribe un dentista.
- Los
colutorios no deben usarse en solitario, sino como complemento a los dos
cepillados diarios -como mínimo- con pasta dentífrica fluorada.
Madrid, 10 de enero de 2020. Ante los
numerosos anuncios de colutorios que publican y emiten los medios de
comunicación, el Consejo General de Dentistas de España, presidido por el Dr.
Óscar Castro Reino, recuerda, una vez más, que el uso de estos productos debe
reservarse para aquellos casos clínicos en los que el dentista lo estime
necesario.
Es indudable que ciertos colutorios tienen efectos
beneficiosos para la salud bucodental, como la reducción del riesgo de caries o
la eliminación de placa bacteriana. Sin embargo, estos efectos positivos no
deben eludir la imprescindible prescripción del dentista por las posibles
consecuencias negativas que algunos de estos productos pueden suponer, por
ejemplo, tinciones amarillentas en los dientes, alteraciones del gusto y, sobre
todo, lo más importante, la posibilidad de enmascarar determinadas lesiones que
pueden ser graves.
Asimismo, se insiste en que los colutorios siempre han de
usarse como complemento o parte de un plan de prevención o terapéutico, nunca
como sustituto del cepillado dental, que debe realizarse dos veces al día, como
mínimo, con pasta dentífrica fluorada, acompañado del uso de seda dental o
cepillos interdentales.
Por último, el Dr. Castro insiste en que para evitar que los
ciudadanos utilicen cualquier producto sanitario sin indicación de un
facultativo, es necesario que se apruebe una ley de publicidad sanitaria para
que todos los mensajes publicitarios que lleguen a la población estén basados
en la evidencia científica. Además, deberán incluir las advertencias y precauciones
que sean necesarias para informar al paciente de los posibles efectos adversos
o riesgos derivados de la actividad o producto sanitario anunciado.
Fuente: Consejo de Dentistas de España
Fuente: Consejo de Dentistas de España
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